martes, 3 de julio de 2012

Las sanciones del Tribunal

LIGA DEPORTIVA CONFLUENCIA ACTA Nº 19
Siendo las 16.30 horas del día 3 de julio de 2012 se reúnen los miembros del Tribunal de Penas a fin de emitir fallos correspondientes a la fecha del fin de semana.
PRIMERO: Teniendo en cuenta que mediante expediente Nº 377 en el acta Nº 15 se sancionó al jugador Koenig, Agustín (DNI 40.840.507) de la octava división del club Deportivo Huergo, se resuelve: DEJAR SIN EFECTO esa sanción dado que hubo un error en el informe respectivo, y SANCIONAR al integrante del cuerpo técnico Gustavo Koenig (DNI 20.690.146) del club Dep. Huergo a la pena de 4 partidos de suspensión (art. 185).
SEGUNDO: En relación a los proyectiles que tiraron los simpatizantes del club Deportivo Catriel y los disturbios que generaron en el partido del día 24 de junio de 2012 en el partido de primera división frente al club Fernández Oro que debió ser suspendido, donde la parcialidad local impidió que se retire la terna arbitral; se tiene presente el descargo del club Deportivo Catriel en el que se expresa que algunos exaltados de la tribuna local efectivamente realizaron esas acciones pero que la responsabilidad es de los jugadores visitantes porque provocaron a la hinchada local; se deja constancia que los jugadores que incitaron a la tribunal local recibieron la correspondiente sanción; y en definitiva respecto de los disturbios provocados por la parcialidad local se RESUELVE: 1) Imponer al club Union Deportiva Catriel una multa por el monto equivalente a 300 entradas valor al público y la clausura del estadio por el término de tres fechas (art. 80 inc. b y 81 y 140 inc. a), a su vez la Liga determinará el estadio en que el club sancionado hará las veces de local. 2) Requerir a la Comisión de Canchas que efectúe una inspección para determinar si la manga es una medida de seguridad suficiente para proteger la integridad física de jugadores, árbitros, personal técnico y policial.
TERCERO: Teniendo en cuenta que los árbitros son irrecusables y que todo dirigente de un club debe dar el ejemplo de guardar la mesura necesaria a la hora de dirigirse hacia un árbitro, se resuelve: LLAMAR LA ATENCIÓN del Sr. Evaristo Zuñiga y del Sr. Christian Melo, presidente y secretario respectivamente del club General Fernández Oro, para que en lo sucesivo respeten a cada árbitro puesto que el respeto por la autoridad es la base para que se desarrollen en paz las disputas deportivas. Todo ello, bajo apercibimiento de imponer la sanción que estipula el artículo 246 inc. d del Reglamento de Transgresiones y Penas.
 CUARTO: Se recibe nota del club Fernández Oro en la cual hacen saber los daños ocasionados el día sábado 30 de junio de 2012 en oportunidad de jugarse las finales del bloque de quinta, sexta y séptima división con la participación de los clubes Atlético Regina, Pillmatun, Deportivo Roca y Argentinos del Norte, en la cual se produjeron daños en las instalaciones de vestuarios con el agregado que también se produjo la rotura del acrílico que cubre las butacas del banco de suplentes que ocupó el club Deportivo Roca, y que en los próximos días serán enviados los respectivos presupuestos.
QUINTO: Suspender por una fecha, por haber llegado al límite de las cinco amonestaciones, a los siguientes jugadores: Hugo Soria de Alto Valle; Diego DÁmicco y Mario Chumbita de Argentinos del Norte; Enzo Bischoff, Fernando Perelló y Ramiro Urbano de Cipolletti; Nestor Adrian Sandoval de Chichinales; Alejandro Gabriel Castillo, Nicolas Mansilla y Bruno Francello de Deportivo Roca; Walter Gastón Lucero de 25 de Mayo; Nelson Alfonsín y Juan Pranao de Potenza; Matías Soto y Luis Pinilla de Pillmatun; Luciano Sanhueza y Julián Reguero de San Martín; Facundo Natalini de Union Alem Progresista y Enzo Petreto de Catriel.
 
Jugador
DNI
Div
Club
Sanción
Portiño, Denis
39.076.341
5
Argentinos del Norte
3 partidos
Crucelle, Denis
38.547.777
5
Argentinos del Norte
4 partido
Flores, Agustin
38.547.865
5
Argentinos del Norte
3 partidos
Barrueto, Nicolás
39.403.114
5
Argentinos del Norte
6 partido
Rivas, Matías
39.047.750
5
Argentinos del Norte
3 partidos
Bravo, Federico
38.432.435
5
Argentinos del Norte
3 partidos
Opazo, Matías
38.906.085
5
Argentinos del Norte
3 partidos
Bizzotto, Julian
39.265.632
5
Deportivo Roca
2 partidos
Castillo, Ariel
25.948.178
5
Argentinos del Norte
5 partidos
Llaupi, Jorge
38.791.570
5
Argentinos del Norte
4 partidos
Toledo, Leandro
39.647.609
6
Argentinos del Norte
4 partidos
Conte, Oscar
22.928.882
6
Deportivo Roca
5 partidos
De la Canal, Juan Pablo
39.404.518
6
Deportivo Roca
6 partidos
Guerrero, Juan
40.442.483
6
Pillmatun
3 partidos
Macelli, Lucas
39.869.393
7
Pillmatun
5 partidos
Flaurez, Maicon
40.961.391
7
Atl. Regina
1 partido
Mendez, Luciano
35.359.090
9
San Martín
5 partidos



SEXTO: Dar por finalizado el encuentro de quinta división con el resultado Argentinos del Norte 0 – Deportivo Roca 2.
SEPTIMO: Se recibe nota de las autoridades del club Argentinos de Norte en la cual se explica que la hinchada reaccionó a la ineptitud del árbitro y a una agresión gestual de un jugador del equipo contrario. Teniendo en cuenta que los árbitros son irrecusables y que todo dirigente de un club debe dar el ejemplo de guardar la mesura necesaria a la hora de dirigirse hacia todo juez -haya tenido o no un error- se resuelve: LLAMAR LA ATENCIÓN del Sr. Alberto I. Balladini y del Sr. Marcelo Guerrero, presidente y secretario respectivamente del club Argentinos del Norte, para que en lo sucesivo respeten a cada árbitro puesto que el respeto por la autoridad es la base para que se desarrollen en paz las disputas deportivas. Todo ello, bajo apercibimiento de imponer la sanción que estipula el artículo 246 inc. d del Reglamento de Transgresiones y Penas.
OCTAVO: Suspender a los clubes 25 de Mayo, Deportivo Huergo, Union Alem Progresista, Chichinales, Fernández Oro, San Martín, Deportivo Roca, Círculo Italiano, Cipolletti, Pillmatun y Alto Valle.

EMILIO IJURCO ESTEBAN LEON JUAN PABLO PIOMBO TRIBUNAL DE PENAS