martes, 19 de marzo de 2019

Las sanciones del Tribunal


LIGA DEPORTIVA CONFLUENCIA
ACTA Nro.01/2019

Siendo las 15:00 horas del día 19 de marzo de 2019 se constituye el Tribunal de Penas de la Liga Deportiva Confluencia, a fin de emitir fallos correspondientes a la última fecha y demás cuestiones pendientes.

PRIMERO:
FECHA EXP JUGADOR DNI CLUB DIV. SANCION ART. OBSERVACIONES
17/3/19 001 MOYANO, Ramiro 39.697.339 25 de Mayo 1ra. 1 fecha 207 Doble amonestación 
17/3/19 002 OPAZO, Maximiliano 39.868.091 San Martín 1ra. 1 fecha 207 Doble amonestación 
15/3/19 003 ALECHA, Germán 31.743.285 Cipolletti 1ra. 2 fechas 186/260 Términos descomedidos al árbitro.
17/3/19 004 MORENO, Patricio 41.050.589 Atl.Regina 3ra. 1 fecha 206 Evitar manifiesta situación de gol
16/3/19 005 MUÑOZ, Santiago 45.884.407 Obrero Dique 5ta. 1 fecha 207 Doble amonestación 
17/3/19 006 OPAZO, Francisco 43.685.033 Fernández Oro 5ta. 2 fechas 204 Juego Brusco 
16/3/19 007 ABELDAÑO, Máximo 44.342.117 25 de Mayo 5ta. 1 fecha 207 Doble amonestación 
16/3/19 008 FERNÁNDEZ, Luciano 44.430.043 Fernández Oro 6ta. 1 fecha 207 Doble amonestación
16/3/19 009 GUNTTER, Germán 44.778.783 San Martín 6ta. 1 fecha 207 Doble amonestación 
16/3/19 010 CALDERÓN, Ignacio 45.207.864 San Martín 6ta. 1 fecha 207 Doble amonestación 
16/3/19 011 BARROSO, Michel 44.984.267 25 de Mayo 6ta. 1 fecha 207 Doble amonestación 
16/3/19 012 QUATTROCHIO, Mariano 44.842.526 25 de Mayo 6ta. 2 fechas 205 Provocación a un jugador y a la parcialidad rival
16/3/19 013 PRADO, Kevin 45.601.984 Obrero Dique 7ma. 1 fecha 207 Doble amonestación
16/3/19 014 CANIU, Nicolás 46.257.405 Obrero Dique 7ma. 6 fechas 200.a.7 / 185 Codazo al rival e insultos graves al árbitro.
16/3/19 015 SALA, Lautaro 45.212.460 Fernández Oro 7ma. 1 fecha 207 Doble amonestación 
16/3/19 016 FERRO, Ignacio 45.562.194 Fernández Oro 7ma. 3 fechas 200.a.3 Puntapié al rival sin balón en juego.
16/3/19 017 CONTRERAS, Rodrigo 44.628.440 Args.Norte 6ta. 1 fecha 207 Doble amonestación. 
16/3/19 018 PETIT, Facundo 45.208.197 CIMAC 6ta. 1 fecha 207 Doble amonestación.
16/3/19 019 SUSO, Lautaro 45.260.637 CIMAC 7ma. 1 fecha 207 Doble amonestación.
16/3/19 020 DÍAZ, Pablo 95.424.226 Args. Norte 7ma. 3 fechas 186 Términos descomedidos al árbitro.
16/3/19 021 BUSTOS, Luis Héctor 47.243.874 La Amistad 9na. 1 fecha 207 Doble amonestación. 
17/3/19 022 MONSALVO, Fernando 41.805.842 25 de Mayo 3ra. 1 fecha 206 Evitar manifiesta situación de gol

SEGUNDO: Remitir a la Comisión de Estados los informes de los árbitros Romualdo Vázquez y Eduardo Leyva respecto del estado del vestuario de árbitros en el Club Obrero Dique el día 16/3/2019.

TERCERO: En atención a los términos del informe del árbitro Román Domínguez, referente al encuentro que debió suspender antes del comienzo por las razones allí expuestas, SE RESUELVE: Dar por perdido el partido CIMAC vs. Argentinos del Norte en Sexta División a ambos clubes. Por surgir del informe arbitral inconductas atribuidas a jugadores de ambos equipos. Notifíquese a los clubes y hágase saber a la Secretaría de la LDC a efectos del cómputo de los puntos. En relación con lo expuesto en el mismo informe respecto de inconductas que se atribuyen a padres de jugadores del equipo de Argentinos del Norte (insultos a jugadores del club rival) durante el transcurso del encuentro en Séptima División, requiérase al Club Argentinos del, Norte efectuar descargo, el que deberá ser presentado en la Secretaría de la LDC antes del día martes 26 de marzo de 2019 a las 15 hs., pudiendo ser adelantado por fax o correo electrónico a la dirección ligadeportivaconfluenciatd@gmail.com.

CUARTO: Dar por concluido el partido con el resultado MARACACINHO 1 – San Sebastián 0, en Sexta División, del 16/3/2018, en razón de la no presentación del equipo del club visitante. Comuníquese a la Secretaría de la LDC a efectos del registro del puntaje correspondiente. En las condiciones del art.109 -sexto párrafo- del RTyP, a efectos de decidir si corresponde la imposición de multa al club San Sebastián, intimar a éste a efectuar descargo, el que deberá ser presentado antes del día martes 26/3/2018 a las 15 hs., bajo apercibimiento en caso de silencio de resolver con las constancias ya incorporadas a la actuación. Notifíquese.

QUINTO: Dar por concluido el partido con el resultado 25 de Mayo 0 – San Martín 1, en Novena División, del 16/3/2018, en razón de la no presentación del equipo del club local. Comuníquese a la Secretaría de la LDC a efectos del registro del puntaje correspondiente. En las condiciones del art.109 -sexto párrafo- del RTyP, a efectos de decidir si corresponde la imposición de multa al club 25 de Mayo, intimar a éste a efectuar descargo, el que deberá ser presentado antes del día martes 26/3/2018 a las 15 hs., bajo apercibimiento en caso de silencio de resolver con las constancias ya incorporadas a la actuación. Notifíquese.


Se da por concluida la reunión a las 16:30 hs. del día 19 de marzo de 2019, procediéndose a la comunicación a los Consejeros mediante el sistema Watsapp, cuando se halle redactada el acta.


Diego Jorge Broggini          Rubén Torena
(Presidente)

Por Tribunal de Penas de la LDC