LIGA DEPORTIVA CONFLUENCIA
ACTA Nro. 24 (Complementaria)
Siendo las 16.30 horas del día 15 de octubre del 2015 se reúnen los miembros del Tribunal de Disciplina y RESUELVEN:
En razón de los inconvenientes habidos en la contabilización de las tarjetas amarillas, se deja sin efecto las sanciones de suspensión por una fecha impuestas en las Actas Núm. 23 del 7/10/2015 y Núm. 24 del 14/10/2015 en las condiciones del art.208 del RTyP a los siguientes jugadores:
25 DE MAYO: PINEDA, César; CORIA, Matías; FERNANDEZ, Sebastián;
ATLETICO REGINA: FAGOTTI, Federico;
CIMAC: VIDELA, Damián; RODRIGUEZ, Marcelo;
CIRCULO ITALIANO:
SAN MARTÍN, Paul; CAYUNVAN, Miguel; ALDRIGHETI, Lautaro; MONSALVE, Jonathan; NUÑEZ, Nicolás; RIFFO, Nicolás;
DEPORTIVO MAINQUE: MONSALVE, Ariel; SANCHEZ, Erik; ROMERO, Ulises; SEPULVEDA, Nicolás;
DEPORTIVO ROCA: CASTILLO, Gabriel; OLMOS, Sebastián; CACERES, Maximiliano;
LA AMISTAD: MOYANO, Damián; MELO, Facundo; SANHUEZA, Jorge; MANRIQUEZ, Diego;
SAN MARTÍN: PANICCIA, Maximiliano; RETAMAL, Diego
U.D.CATRIEL: PERALTA, Marcos; TAPIA, Alfredo; LOBOS, Fernando;
Haciéndose saber a los nombrados que serán sancionados con dos fechas de suspensión en las condiciones del mismo artículo, en caso de acumular diez tarjetas amarillas.
DIEGO JORGE BROGGINI (Presidente) OMAR CAMPIDOGLIO ANDREA URIBE
Por Tribunal de Penas