jueves, 19 de diciembre de 2013

Noche de premiación

Los directivos de la Liga Deportiva Confluencia entregaron distinciones a los mejores del Torneo Clausura. Este es el detalle:
PRIMERA DIVISIÓN:
Campeón: Unión Deportiva Catriel.
Subcampeón: Cipolletti
Tercero: Chichinales.
Juego limpio: Chichinales.
Goleador: Martín Sánchez (Unión Alem Progresista).
Valla menos vencida: Alexander Vázquez (Cipolletti) y Pedro Recarey (Catriel).
TERCERA DIVISIÓN:
Campeón: Cipolletti.
Subcampeón: Unión Alem Progresista.
Tercero: Fernández Oro.
Goleador: Diego Candia (Unión Alem Progresista).
QUINTA DIVISIÓN:
Campeón: Cipolletti.
Subcampeón: Deportivo Roca.
Goleadores: Juan Pablo De La Canal (Deportivo Roca) y Rodrigo Iriarte (Cipolletti).
SEXTA DIVISIÓN:
Campeón: Cipolletti.
Subcampeón: Deportivo Roca.
Goleadores: Agustín Campos (Cipolletti), Julián Escalona (Círculo Italiano) y Oscar Galindo (Deportivo Roca)
SÉPTIMA DIVISIÓN:
Campeón: Atlético Regina.
Subcampeón: Deportivo Roca.
Goleadores: Iván Diez (Atlético Regina), Samuel Villarroel (Deportivo Roca), Rodrigo Vázquez (Círculo Italiano) y Alexis Medina (Academia Pillmatún).
OCTAVA DIVISIÓN:
Campeón: Argentinos del Norte.
Subcampeón: Deportivo Roca.
Goleadores: Nicolás Cabezas (Deportivo Roca) y Sebastián Parra (San Martín).
NOVENA DIVISIÓN:
Campeón: Deportivo Roca.
Subcampeón: Argentinos del Norte.
Goleadores: Guillermo Baigorria (Argentinos del Norte), Agustín Sanhueza (Atlético Regina) y Joaquín Aliaga (Fernández Oro).
DÉCIMA DIVISIÓN:
Campeón: Academia Pillmatún.
Subcampeón: Cipolletti.
Goleadores: Emilio Muñoz (Deportivo Roca) y Pablo López (Catriel).

Lo que dejó la última reunión del año

Los delegados se reunieron por última vez en 2013 y dejaron todo preparado para el próximo año.
La semana pasada por mayoría se había resuelto que los formatos de los campeonatos en todas las divisionales serán igual al del corriente año.
Por lo tanto, en Primera y Tercera división se jugará un certamen de todos contra todos a ida (Torneo Apertura) y vuelta (Torneo Clausura) consagrando a dos campeones en el año.
En las divisiones formativas se dividirán en dos zonas geográficas y jugarán a dos rondas clasificando a semifinales los dos mejores de cada grupo. Las semifinales y la Final de cada categoría se disputará en cancha neutral. La misma modalidad será tanto para el Torneo Apertura como para el Torneo Clausura.
Se resolvió que las divisiones formativas arranquen el Apertura el día sábado 8 de marzo de 2014 mientras que en Primera y Tercera división comenzarán el domingo 9 de marzo.
Además se aprobó la afiliación de Maiqué y la desafiliación de Potenza. En ambos caso se hizo ad-referendum de la próxima asamblea que será el viernes 21 de marzo de 2014.
El cierre de inscripción a la temporada futbolítica de la Liga Deportiva Confluencia se cerrará el 18 de febrero de 2014, luego de la confirmación de los participantes se realizará el fixture.
Vale aclarar que el libro de pases se mantiene abierto y cerrará el viernes 7 de marzo de 2014. Cada jugador que solicite una nueva ficha deberá presentar un certificado médico en el que se deje asentado que está en condiciones de practicar deportes.
Torneo del interior:
Unión Alem Progresista presentó una nota donde informaba que no participará del próximo Torneo del Interior; en las próximas horas Chichinales confirmará si ocupa esa plaza o no.
Unión Deportiva Catriel, en tanto, confirmó que sí estará en el certamen federal.


viernes, 13 de diciembre de 2013

Cipolletti se quedó con el título de quinta

Cipolletti venció 3 a 1 a Deportivo Roca en la final de quinta división que se disputó en la cancha de Unión Alem Progresista.
QUINTA DIVISIÓN:
1 Deportivo Roca Vs. Cipolletti 3. Final..
Gustavo Del Prete (C) (2) Daniel Opazo (C)
Cancha: Unión Alem Progresista.
Campeón Cipolletti.

Todos los campeones del Clausura 2013.
Primera: Unión Deportiva Catriel.
Tercera: Cipolletti.
Quinta: Cipolletti.
Sexta: Cipolletti.
Séptima: Atlético Regina.
Octava: Argentinos del Norte.
Novena: Deportivo Roca.
Décima: Academia Pillmatún.

miércoles, 11 de diciembre de 2013

Quinta busca su campeón

El tribunal de disciplina resolvió que el cotejo suspendido por agresión a un juez asistente en sexta división se dé por finalizado. Por lo tanto, Cipolletti, que le ganaba 2 a 0 a Deportivo Roca, se consagró campeón en esa divisional.
En otro sentido, la final de quinta división que también involucran a Cipolletti y Deportivo Roca y que fuera suspendido el sábado pasado por los incidentes mencionados se jugará mañana jueves desde las 18.
QUINTA DIVISIÓN:
Deportivo Roca Vs. Cipolletti.
Jueves 12 de diciembre de 2013.
Hora: 18.00.
Cancha: Unión Alem Progresista.

El Tribunal de penas

ACTA Nº 36
Siendo las 18.30 horas del día 11 de diciembre de 2013 se reúnen los miembros del Honorable Tribunal de Penas de la LDC a fin de emitir los fallos correspondientes;
PRIMERO: Ingresa informe del árbitro Emilio Tripier, dando cuenta de que a los 38 minutos del primer tiempo del partido que se disputaba el 7 de diciembre de 2013, correspondiente a la final del torneo en sexta división entre Deportivo Roca y Cipolletti, cuando el resultado parcial era 0 – 2, cayó una bomba de estruendo al lado del asistente Nº 1 Emilio José La Bollita, que lo dejó aturdido, por lo que detuvo el partido dirigiéndose al vestuario para que el enfermero presente lo asistiera y que al sacarle éste astillas de papel de petardo de la oreja indicó el traslado al nosocomio local. Refiere que el petardo provino de un simpatizante identificado del Deportivo Roca, detenido por los efectivos policiales que prestaban el servicio de seguridad, quienes tomaron sus datos resultando ser MORALES, SAMUEL HERNÀN, de 45 años de edad, con DNI 20.212.339, padre del arquero de la 7ma. División de dicha institución. Que le sustrajeron dos petardos más que la policía entregó al árbitro, los que adjunta al informe, junto con la copia de la denuncia penal efectuada por el señor La Bollita en la Comisaría Sexta de Allen y un certificado médico extendido por facultativo del Hospital de la misma ciudad. Asimismo ingresa el informe del árbitro Pablo César Franco, dando cuenta que el partido de quinta división programado para jugarse a las 22.30 hs. De la misma fecha correspondiente a la final de torneo de quinta división entre Deportivo Roca y Cipolletti no se disputó por el incidente ocurrido en el partido de sexta división y que impidió su continuidad por encontrarse el árbitro asistente muy aturdido, con fuerte zumbido en los oídos y dolor de cabeza, ya que la pirotecnia le explotó muy cerca de su rostro y mareos, impidiéndole desarrollar su labor arbitral en condiciones óptimas. El
TRIBUNAL RESUELVE, con los votos de los integrantes Emilio Ijurco y Juan Pablo Piombo, dar por perdido el partido al Club Deportivo Roca por la falta prevista en los arts.80 inc.c), 81 y 106 último párrafo del RTyP y en las condiciones del art.32, con el resultado Deportivo Roca 0 – Cipolletti 2. Encomendar al Consejo Directivo reprogramar el partido entre Deportivo Roca y Cipolletti en quinta división. Asimismo imponer al Club Deportivo Roca una multa a favor de la LDC por la cantidad equivalente a dos fechas a razón de 50 v.e. cada fecha. Disidencia en minoría del integrante del Tribunal Diego Jorge Broggini: El incidente informado por el árbitro Tripier respecto del partido de sexta división posee en primer lugar tratamiento en el art.88 bis del RTyP, el cual prevé como sanción sólo la imposición de multa de valor entrada reales (precio de venta al público) de 20 a 200, de dos a seis fechas, al club cuya parcialidad utilice de cualquier forma elementos explosivos o de estruendo, bengalas y/o cualquier otro artículo de pirotecnia, pudiéndose sin perjuicio de ello agravar la sanción con la deducción de tres a seis puntos, si como consecuencia de la utilización de tales elementos se ocasionan lesiones graves en el cuerpo o la salud de cualquier persona, lo que sin embargo no es en esta oportunidad factible por tratarse de un partido final de torneo y por no haberse acreditado una lesión de tal magnitud. Complementariamente, el art.81 del RTyP, en su remisión a las infracciones especificadas en el art.80, inc.c), alude al supuesto de agresión por cualquier medio al árbitro o árbitro asistente, cometida en oportunidad de partido de Divisiones Inferiores (donde actúan jugadores de hasta 17 años de edad al momento de iniciarse el certamen), previendo como única sanción la clausura de cancha, limitada al equipo respectivo durante una a cuatro fechas. A diferencia del supuesto del art.80, que faculta al Tribunal de Disciplina a declarar perdido el partido al equipo del club responsable, pero en oportunidad de partidos de división superior. Finalmente, es el art.106 el que en su último párrafo dispone que en los casos en que un partido no pudiera iniciarse o tuviera que ser suspendido por el árbitro por infracciones que reprimen los artículos 80 y 81 del Reglamento, el Tribunal podrá como pena accesoria declarar perdido el partido al equipo del club responsable. Por todo ello, cabe interpretar que la concreta sanción de pérdida de partido no sólo es de imposición facultativa (no obligatoria) para este órgano, sino que además se impone reglamentariamente hacer un distingo según se trate de equipos integrados por jugadores mayores o menores de edad. Pues es forzoso recoger la repercusión que habrá de tener la solución de no culminar del modo normal un evento deportivo, sobre quienes aun transitan la etapa formativa y a raíz de una falta no originada en la inconducta de los propios jugadores, sino por responsabilidad de un sujeto ajeno, lo suficientemente inadaptado como para cometer un hecho que bajo ningún concepto admite justificativo, sin reparar siquiera en las consecuencias perjudiciales, ante todo para la institución respecto de la que exhibe una supuesta simpatía. Por otra parte, se impone tener en cuenta que se trataba de un partido final de torneo, por lo que la adjudicación del triunfo y consecuentemente del título de campeón no es el mejor mensaje para los jugadores que no habrán de resultar vencedores enteramente por sus méritos deportivos. Por todo lo cual, considero de la sanción que corresponde impone es únicamente la aplicación de una multa al Club Deportivo Roca a favor de la LDC por la cantidad equivalente a dos fechas a razón de 50 v.e. cada fecha, debiendo el Consejo Directivo reprogramar la continuidad del partido suspendido y también del que no se pudo disputar.
Fecha Exp Jugador DNI Club Div Sanción Art. Observ.
11-12-13 796 VALERIA, Nicolás 40.840.473 Atletico Regina 7a. 1 fecha 207
11-12-13 797 SALVUCCI, Omar 13.170.671 Atletico Regina 7a. 2 fechas 186/260 C. Técnic
11-12-13 798 LOPEZ, Javier 40.961.137 Dep. Roca 7a. 3 fechas 200.a.7
11-12-13 799 ACUÑA, Facundo 40.961.470 Atl. Regina 7a. 3 fechas 200.a.3
11-12-13 800 LOPEZ, Lautaro 41.232.242 Dep. Roca 7a. 3 fechas 200.b
11-12-13 801 RODRIGUEZ, Mauro 40.439.388 Atl. Regina 7a 1 fecha 207 .
11-12-13 802 MANSILLA, Nicolás 40.323.844 Dep. Roca 6ª. 2 fechas 204

lunes, 9 de diciembre de 2013

La violencia arruinó todo

Cuando promediaba el primer tiempo del partido de quinta división que Cipolletti le ganaba a Roca por 2 a 0 cayó una bomba de estruendo que aturdió a un juez asistente.
De esta manera fue suspendida la jornada de las divisiones formativas.
En séptima Atlético Regina se consagró campeón..
QUINTA DIVISIÓN:
Deportivo Roca Vs. Cipolletti. Suspendido.
Sábado 7 de diciembre de 2013.
Hora: 22.30.
Cancha: Unión Alem Progresista.
SEXTA DIVISIÓN:
0 Deportivo Roca Vs. Cipolletti 2. Suspendido.
Ignacio Tillería (C) Diego Zárate (C)
Suspendido por agresión al juez de línea.
Cancha: Unión Alem Progresista.
campeón: resuelve el Tribunal.
SÉPTIMA DIVISIÓN:
0 Deportivo Roca Vs. Atlético Regina 2. Final.
Cancha: Unión Alem Progresista.
Campeón: Atlético Regina.

viernes, 6 de diciembre de 2013

Los chicos crecen

El bloque menor de la Liga Deportiva Confluencia conoce a sus campeones de 8va, 9na y 10ma división. Felicitaciones a los campeones y subcampeones por la notable campaña. Mañana se juegan las finales del bloque mayor.
OCTAVA DIVISIÓN: 
1 Deportivo Roca Vs. Argentinos del Norte 6. Final.
Agustín Pereyra (A) Agustín Azcón (A) Javier Antonio Marianjel (2) (A) Kevin Giles (A) Erik Bacaflor (A) Agustín Abraham (A)
Cancha: Unión Alem Progresista.
Campeón Argentinos del Norte.
NOVENA DIVISIÓN: 
3 Deportivo Roca Vs. Argentinos del Norte 0. Final.
Franco Antinao (DR) Ezequiel Villegas (DR) Lautaro Martínez (DR)
Cancha: Unión Alem Progresista.
Campeón Deportivo Roca.
DÉCIMA DIVISIÓN: 
2 Academia Pillmatún Vs. Cipolletti 0. Final. 
Tomás Cuellar (AP) Donato Valdebenito (AP)
Cancha: Unión Alem Progresista.
Campeón Academia Pillmatún.

martes, 3 de diciembre de 2013

Acá están los campeones

Entre viernes y sábado se conocerán los campeones del Torneo Clausura 2013 de las divisiones formtivas de la Liga Deportiva Confluencia.
Todos los cotejos se jugarán en la cancha de Unión lem Progresista.
QUINTA DIVISIÓN:
Deportivo Roca Vs. Cipolletti.
Sábado 7 de diciembre de 2013.
Hora: 22.30.
Cancha: Unión Alem Progresista.
SEXTA DIVISIÓN:
Deportivo Roca Vs. Cipolletti.
Sábado 7 de diciembre de 2013.
Hora: 20.30.
Cancha: Unión Alem Progresista.
SÉPTIMA DIVISIÓN:
Deportivo Roca Vs. Atlético Regina.
Sábado 7 de diciembre de 2013.
Hora: 18.30.
Cancha: Unión Alem Progresista.
OCTAVA DIVISIÓN:
Deportivo Roca Vs. Argentinos del Norte.
Viernes 6 de diciembre de 2013.
Hora: 21.30.
Cancha: Unión Alem Progresista.
NOVENA DIVISIÓN:
Deportivo Roca Vs. Argentinos del Norte.
Viernes 6 de diciembre de 2013.
Hora: 20.00.
Cancha: Unión Alem Progresista.
DÉCIMA DIVISIÓN:
Academia Pillmatún Vs. Cipolletti.
Viernes 6 de diciembre de 2013.
Hora: 18.30.
Cancha: Unión Alem Progresista.

El Tribunal de penas

ACTA Nº 35
Siendo las 16.30 horas del día 3 de diciembre de 2013 se reúnen los miembros del Honorable Tribunal de Penas de la LDC a fin de emitir los fallos correspondientes;
PRIMERO: En relación con la sanción impuesta al Club 25 de Mayo en Acta Complementaria Nº 34 por la no presentación ante el Club Cipolletti en los partidos de 8va., 9na y 10ma. División, se aclara que la multa por v.e. 58 entradas es por cada una de las divisiones.
SEGUNDO: Se encomienda a la Mesa Directiva en atención a la finalización del torno y consecuente culminación de las actividades de este Tribunal, la programación de la fecha pendiente de los partidos entre Fernández Oro como local y 25 de Mayo como visitante, correspondientes a la primera y tercera división.
TERCERO: Remítase la nota presentada por el Club Catriel a la Mesa Directiva a efectos de que ese organismo de la LDC establezca el monto de los gatos que dicha institución debe restituir al Club Cipoletti según lo ordenado en el punto SEGUNDO del Acta 34.
CUARTO: Se recibe descargo de los jugadores de 7ma. División del Club Potenza FRANCO CRAIEVICH, FACUNDO FABI, EZEQUIEL FAJARDO, JUAN ADDAD y KEVIN ASTETE respecto de los hechos informados por el árbitro DIEGO VIVEROS respecto del partido que esa institución disputó en carácter de visitante contra el Club Deportiva Roca el día 24 de noviembre de 2013. Se recibe también la declaración del señor MAURICIO CUELLA integrante del cuerpo técnico den sexta división de esa institución y certificado médico adjunto por el árbitro DIEGO VIVEROS. Oído todo ello el TRIBUNAL RESUELVE: En razón de la diferente gravedad de las faltas cometidas por los nombrados se impone al jugador FRANCO CRAIEVICH (DNI 42.133.383) la sanción de CINCO AÑOS de suspensión; al jugador FACUNDO FABI (DNI 41.357.962) la sanción de CUATRO AÑOS de suspensión, al jugador EZEQUIEL FAJARDO (41.936.290) la sanción de UN AÑO de suspensión, al jugador KEVIN ASTETE (DNI 42.153.799) la sanción de UN AÑO de suspensión y al jugador JUAN ADDAD (DNI 40.606.797) la sanción de de UN AÑO de suspensión. En todos los casos por infracción al art.183 del RTyP.
QUINTO: En cuanto a las demás constancias resultantes del informe tratado en el punto precedente, tratándose de sucesos que lamentablemente han dejado de ser infrecuentes en los últimos tiempos, se considera necesario encomendar a la Mesa Directiva de la LDC la revisión de la política consistente en admitir que los partidos de las divisiones menores se jueguen sin la obligatoriedad para los clubes de contratar seguridad policial.
Discrepancia de Juan Pablo Piombo: Discrepo con lo resuelto en el punto segundo y quinto puesto que en mi opinión las facultades ejecutivas corresponden a la Mesa Directiva.
Fecha Exp Jugador DNI Club Div Sanción Art. Observ.
03-12-13 782 ORIHUELA, Juan 39.767.501 Dep. Roca 5ta. 7 fechas 200.a.3
03-12-13 783 DE LA CANAL, Juan 39.404.518 Dep. Roca 5ta. 1 fecha 207
03-12-13 784 MARTIN, Milton 39.649.835 Atl. Regina 5ta. 1 fecha 207
03-12-13 785 BRIONES, Ezequiel 36.404.446 Atl. Regina 5ta. 3 fechas 186
03-12-13 786 SANCHEZ, Braian 40.101.148 San Martín 6ta. 1 fecha 207
03-12-13 787 HUEMIL, Hèctor D. 28.917.965 Arg. Norte 8va 1 fecha 186/260 C. Tècn.
03-12-13 788 BEGA, Diego 41.823.463 San Martín 8va 1 fecha 207
03-12-13 789 CABEZAS, Nicolás 41.358.036 Dep. Roca 8va 3 fechas 200.a.7 Capitán
03-12-13 790 SANCHEZ, Julio 41.411.363 Cipolletti 8va 3 fechas 186
03-12-13 791 ALEGRÍA, Nelson 42.105.375 Cipolletti 9na 1 fecha 207
03-12-13 792 MARÍN, Mateo 42.517.820 Dep. Roca 9na 1 fecha 207
03-12-13 793 LOPEZ, Carlos 43.138.021 Dep. Roca 10ª 1 fecha 207
03-12-13 794 MUÑOZ, Emilio 43.216.788 Dep. Roca 10ª 2 fechas 186
03-12-13 795 ESCOBAR, Rodrigo 42.911.391 Args. Norte 10a 1 fecha 207