jueves, 8 de septiembre de 2016

Las sanciones del Tribunal

LIGA DEPORTIVA CONFLUENCIA - ACTA Nro. 22
Siendo las 16:00 horas del día 7 de septiembre de 2016 se reúnen los miembros del Tribunal, a fin de emitir fallos correspondientes de la fecha jugada durante el fin de semana;
PRIMERO
Expulsados de la fecha:
FECHA EXP. JUGADOR DNI CLUB DIV. SANCION ART. OBSERVACIONES
1-9-2016 647 MENDOZA, Diego 39.697.365 25 de Mayo 1ra. 1 fecha 207
1-9-2016 648 VALDEZ, Nicolás 41.185.718 25 de Mayo 1ra. 2 fechas 202.b
1-9-2016 649 ALARCON, Nery 35.886.375 U.D.Catriel 1ra. 2 fechas 204
1-9-2016 650 CENTURION, Fabián 35.136.486 U.D.Catriel 1ra. 2 fechas 202.b
4-9-2016 651 MORALES, Facundo 40.706.316 F.Oro 1ra. 1 fecha 207
4-9-2016 652 QUILODRAN, Ángel 33.744.059 Argos. Norte 1ra. 1 fecha 207
4-9-2016 653 PEREZ, Eduardo 40.100.365 Atl.Regina 1ra. 2 fechas 204
4-9-2016 654 MUÑOZ, Cristian 39.867.191 Círculo Ital. 1ra. 1 fecha 207
4-9-2016 655 FIGUEROA, Nicolás 38.791.389 F.Oro 3ra. 1 fecha 207
4-9-2016 656 ORTIZ, Enzo 41.092.743 Args. Norte 3ra. 1 fecha 207
4-9-2016 657 LEZAMA, Blas 42.402.546 Args. Norte 3ra. 2 fechas 204
4-9-2016 658 GENTILI, José 18.532.263 F.Oro 3ra. 1 fecha 186/260 (*)
4-9-2016 659 INSUA, Agustín 40.111.342 D.Huergo 3ra. 2 fechas 186
4-9-2016 660 GUEVARA, Jorge 40.439.343 Chichinales 3ra. 3 fechas 204
4-9-2016 661 PERALTA, Cristian 39.585.258 Chichinales 3ra. 1 fecha 207
4-9-2016 662 LANDOLFO, Juan 42.402.116 Ac. Pillmatún 3ra. 1 fecha 207
3-9-2016 666 GARCIA, Álvaro 42.078.789 Args. Norte 5ta. 3 fechas 200.a.3
3-9-2016 667 GARRIDO, Yosuar 42.305.761 U.D.Catriel 5ta. 1 fecha 186
3-9-2016 668 LARA, Sergio 41.478.924 Alto Valle 5ta. 1 fecha 207
3-9-2016 669 LAGOS, Lucas 41.421.316 San Martín 5ta. 1 fecha 207
3-9-2016 670 SARAVIA, Lautaro 41.529.728 San Martín 5ta. 1 fecha 207
3-9-2016 671 LABRIN, Matías 41.527.920 La Amistad 5ta. 1 fecha 207
3-9-2016 672 BALBOA, Branco 41.358.028 F.Oro 5ta. 1 fecha 207
3-9-2016 673 MONGE, Adrián 41.734.684 F.Oro 5ta. 2 fechas 186
3-9-2016 674 AZZUN, Ignacio 32.875.182 Cipolletti 5ta. 2 fechas 186/260 (*)
3-9-2016 675 PAREJA, Lucas 41.911.237 Cipolletti 5ta. 1 fecha 207
3-9-2016 676 PEREYRA, Santiago 41.501.957 Cipolletti 5ta. 1 fecha 207
3-9-2016 677 GONZALEZ, Lucas 41.590.032 Cipolletti 5ta. 2 fechas 186
3-9-2016 678 PEREZ, Romano 42.915.985 25 de Mayo 6ta. 1 fecha 207
3-9-2016 679 SOTO, Daniel 42.335.454 25 de Mayo 6ta. 2 fechas 204
3-9-2016 680 AMEIJENDA, Nicolás 42.709.241 Cipolletti 6ta. 1 fecha 207
3-9-2016 681 IACHETI, Nicolás 42.692.004 Cipolletti 6ta. 2 fechas 204
3-9-2016 682 ARIAS, Roque 43.555.226 U.D.Catriel 7ma. 2 fechas 204
3-9-2016 683 ARAMENDI, Jesús 43.382.321 CIMAC 7ma. 2 fechas 186
3-9-2016 684 NIEVAS, Mateo 43.138.046 CIMAC 7ma. 2 fechas 204
3-9-2016 685 MARTINEZ, Gastón 29.378.583 25 de Mayo 3ra. 3 fechas 207/186
3-9-2016 686 PUEBLA, Luis 31.467.139 U.D.Catriel 3ra. 3 fechas 200.a.1
3-9-2016 687 MENDOZA, Federico 40.611.888 25 de Mayo 3ra. 3 fechas 200.a.1
3-9-2016 688 ACUÑA, Thiago 43.891.612 Círculo Ital. 8va. 2 fechas 186
3-9-2016 689 FERNANDEZ, Cristian 43.138.896 Círculo Ital. 7ma. 3 fechas 200.a.1.
3-9-2016 690 QUIDEL, Mariano 43.372.469 Atl.Regina 7ma. 2 fechas 186
3-9-2016 691 CALISTO, Facundo 43.138.448 Atl.Regina 7ma. 3 fechas 200.a.1
3-9-2016 692 ZAMBRANO, Lucas 42.971.535 Círculo Ital. 7ma. 1 fecha 207
3-9-2016 693 TOSCANO, Carlos 42.448.504 San Martín 6ta. 1 fecha 207
4-9-2016 694 LOPEZ, Lautaro 41.232.242 Deport. Roca 3ra. 3 fechas 186/204
3-9-2016 695 SAEZ, Martín 42.448.869 Atl. Regina 6ta. 2 fechas 186
(*) Se aclara que en razón de la calidad de integrante del cuerpo técnico la suspensión implica la imposibilidad de ejercer de cualquier modo la función durante las fechas por las que se aplica la sanción, con expresa prohibición de ingresar tanto a la cancha como a la zona de vestuarios en los clubes en los que las institución a la que pertenece actúe en calidad de visitante o local. Por lo que la trasgresión a lo que aquí se dispone de verificarse deberá ser informada por los árbitros. Comuníquese por Secretaría al Colegio de Árbitros.
SEGUNDO:
Suspender una fecha por acumular CINCO tarjetas amarillas (Art.208 del RTyP) a los jugadores:
25 DE MAYO: GRANELLI, Franco; ROBBA, Gastón;
ALTO VALLE: HUAYQUINAO, Josué;
ARGENTINOS DEL NORTE:
ATLETICO REGINA: SOSA, Facundo;
CHICHINALES: CIFUENTES, Daniel;
CIMAC:
CIPOLLETTI: LONCOMAN, Luciano;
CIRCULO ITALIANO:
DEPORTIVO HUERGO:
DEPORTIVO MAINQUÉ: VAZQUEZ, Cristian; MUÑOZ, Gonzalo;
DEPORTIVO ROCA:
FERNÁNDEZ ORO:
LA AMISTAD: MORALES, Lautaro;
PILLMATÚN: LINARES, Román;
SAN MARTÍN: ARAUJO, Néstor; VILLEGAS, Lautaro;
UNIÓN ALEM PROGRESISTA: CADE, Rodrigo; PASCUALINI, Facundo; GALARCE, Franco;
UNIÓN DEPORTIVA CATRIEL:
TERCERO: Los siguientes jugadores acumulan CUATRO tarjetas amarillas:
25 DE MAYO: PINCHEIRA, Ezequiel; GARCIA, Javier; MORALES, Facundo; LEGUIZAMON, Fabricio; MENDOZA, Federico; MENDOZA, Enzo; INSUA, Luciano; OSES, Ibo; MONSALVE, Alexis;
ALTO VALLE: ARANGUEZ, Santiago; VERA, Lautaro; BADILLA, Maximiliano;
ARGENTINOS DEL NORTE: PORTIÑO, Juan Cruz; PALMERI, Franco; VARELA, Rodrigo; ALDERETE, Joaquín; LEZAMA, Blas; MACSAD, Pablo; VEGA LASTRA, Juan; ALATAMIRANO, Guido; GRANEROS, Leonel; VERON, Fabio; GUICHALEO, Ulises;
ATLETICO REGINA: ESTUARDO, Sebastián; MOLINET, Leonel; VEGA, Rodrigo; ARRIAGADA, Kevin; BOBADILLA, Ezequiel; LONCOMAN, Brandon; OBREGON, Nahuel; QUILODRAN, Matías;
CHICHINALES: MARTINEZ, J. Sebastián; SALVO, Rafael; ONDEWBURGER, Tomás; GUEVARA, Jorge;
CIMAC: BARBERAN, Juan Martin; VIDAL, Walter; FERREYRA, Nicolás; MELINAO, Diego; PALMA, Marcos; RIQUELME, Andrés; POMPEI, Federico;
CIPOLLETTI: MOYANO, Ramiro; CARRERA, Matías; DE RIOJA, Facundo; IACHETTI, Nicolás; HOMANN, Fernán; MOYANO, Enzo;
CIRCULO ITALIANO: GARRIDO, Mauro; LEON, Emiliano; RIFFO, Sergio; LERBANNE, Alonso;
DEPORTIVO HUERGO: CARABAJAL, Diego; CANEO, Gonzalo Iván; GALLARDO, Cristian; LEIVA, Sebastián; CALVO, Facundo; SANDOVAL, Maicol;
DEPORTIVO MAINQUÉ: LINERAS, Federico; CASTRO, Héctor; ABARZUA, Santiago; BRICEÑO, Walter;
DEPORTIVO ROCA: IRIZARE, Daniel; FLORENTIN, Walter; ABRAHAM, Agustín; LOPEZ, Lautaro; SOSA, Tomás; MARTIN, Mateo; MARTIN, Leandro; MUÑOZ, Alejandro;
FERNÁNDEZ ORO: CUBA, Walter; GUZMÁN, Benjamín; OSSES, Jonathan; DIAZ, Axel; MORALES, Facundo; PEREDA, Esteban; PEREDA, Agustín;
LA AMISTAD: CAMPOS, Orlando; PEÑA, Alejo; DIAZ, Fabián; DIAZ, Enzo;
PILLMATÚN: PUJO, Adriano; JORQUERA, Julián; VALDEBENITO, Enzo; REYES, Alexander; APABLAZA, Pedro;
SAN MARTÍN: DIAZ, Víctor; ESPINOZA, Enzo; VIVANCO, Braian; NOGUERA, Lucas; REYES, Braian;
UNIÓN ALEM PROGRESISTA: ASENCIO, Fabricio; BENITEZ, Rodrigo; CARDOZO, Franco; ALMENDRA, Gabriel; SANCHEZ, Martín; MORALES, Jonathan; ORTEGA, Agustín;
UNIÓN DEPORTIVA CATRIEL: DIAZ, Matías; LOPEZ, Braian; MORALES, Esteban; PARADA, Andrés;
CUARTO: Ingresa informe del árbitro Emilio La Bollita, donde expresa que el árbitro Nicolás MORGADO, designado para los encuentros de primera y tercera división, no se presentó a cumplir su función en los encuentros que debían jugarse el día 4 de septiembre de 2016 entre Alto Valle y Atlético Regina. EL TRIBUNAL RESUELVE: Pudiendo tratarse el incumplimiento atribuido al árbitro Nicolás MORGADO de la falta prevista en el art.275 del RTyP (no concurrencia al partido para el cual fue designado), se lo intima a efectuar descargo en el término de CINCO (5) días. Notifíquese al nombrado y al Colegio de Árbitros por Secretaría de la LDC.
QUINTO: Respecto de la sanción impuesta a Director Técnico de la Octava División del Club Unión Deportiva Catriel señor Hilario Bonomo (DNI 8.311.623) en el Acta Nª 15 del 8/7/2016 (Expte.Nº 485), en uso ante todo de la facultad de reconsideración oficiosa que respecto de sus propios fallos confiere a este Tribunal de Disciplina el art.40 del RTyP, sin perjuicio de considerar también la presentación hecha por la institución con fecha 20/7/2016 y el descargo personal del sancionado SE RESUELVE: Reducir la sanción a la cantidad de DIEZ (10) fechas de suspensión a partir del día 8 de julio de 2016, teniendo en consecuencia por cumplida, en razón del informe de partidos disputados que aporta en este acto el Secretario de la LDC, la cantidad de NUEVE (9) fechas, restando sólo una para la habilitación del sancionado.
SEXTO: En relación con el tema tratado en el punto segundo del Acta Nº 20 del 24/8/2016, no habiendo el Club Alto Valle ni el Club Argentinos del Norte contestado los traslados allí conferidos por el término de 5 días de sus respectivas notas presentadas ante este Tribunal de Disciplina, ni manifestado de modo alguno ninguno de los dos interés en proseguir en la cuestión, como así tampoco dado cumplimiento el Club Argentinos del Norte con el requerimiento de acreditar en forma documentada el costo de la reparación de los vidrios del micro cuya rotura denunció, este Tribunal de Disciplina RESUELVE: Con arreglo a las facultades disciplinarias sobre dirigentes que le concede el Capítulo Décimo Sexto del RTyP, dar por total y definitivamente superado el conflicto en todos sus aspectos y sin aplicación de sanción y/u obligación de reparación para ninguno de los dos clubes. Sin perjuicio de destacar para el futuro la conveniencia de dirimir situaciones del tenor de la acontecida a través del principio de autocomposición, sobre la base del diálogo cordial y las buenas relaciones que deben primar entre quienes por la función dirigencial que han asumido cabe considerar que poseen como objetivo prevalente la concreción de los postulados fundacionales de esta Liga Deportiva Confluencia, tanto en lo deportivo como en los valores y reglas de conducta. Notifíquese lo aquí dispuesto al Consejo Directivo, a efectos de que se abstenga de continuar con el tratamiento del tema dispuesto en el Acta Número 2981 correspondiente a la reunión del día 30/8/2016, debiendo remitir a este Tribunal las notas presentadas, para proceder a su archivo.
SEPTIMO: Intimar por el término de CINCO (5) días hábiles la regularización de deudas con la Liga Deportiva Confluencia a los siguientes clubes: Alto Valle, Atlético Regina, Cipolletti; Círculo Italiano, Deportivo Roca, Deportivo Huergo, Deportivo Mainqué, Fernández Oro, 25 de Mayo, Unión Deportiva Catriel, Unión Alem Progresista y CIMAC, bajo apercibimiento de suspensión de acuerdo con el art.77 del RTyP. Notifìquese a los Clubes nombrados por Secretaría de la LDC.

Se informa a los clubes y/o personas interesadas que deseen contar con información sobre la cantidad de tarjetas amarillas de los jugadores de todas las divisiones o cualquier otra relacionada con la actividad de este Tribunal de Disciplina, que la misma deberá ser requerida al correo electrónico ligadeportivaconfluenciatd@gmail.com; en la página Facebook Confluencia y en el Twitter @LDCDisciplina.

DIEGO JORGE BROGGINI (Presidente) OMAR CAMPIDOGLIO ANDREA URIBE
Por Tribunal de Penas