ACTA Nº 27
Siendo las 16.30 horas del día 8 de octubre de 2013 se reúnen los miembros del Honorable Tribunal de Penas de la LDC a fin de emitir los fallos correspondientes;
PRIMERO: Se recibe nota del Club 25 de Mayo explicando las razones de la no presentación el día 28 de septiembre de 2013 en el partido de 7ma. División que debía disputar contra el Club Cipolletti. Se aduce rotura de la Traffic que transportaba al plantel. Puesto que no resulta motivo que justifique la falta se RESUELVE: Dar por perdido el partido al Club 25 de Mayo en Séptima División, con el resultado Cipolletti 1 – 25 de Mayo 0. Además de aplicar una multa por la suma de v/e 58 de acuerdo al art.192 del RTyP e imponerle el resarcimiento al club Cipolletti de los gastos en que incurrió para el encuentro frustrado.
SEGUNDO: Dar al club 25 de Mayo CINCO (5) días para efectuar descargo por la no presentación el día 5 de octubre de 2013 en sexta división como visitante ante Academia Pillmatún.
TERCERO: Se recibe nota del Club Fernández Oro reclamando el tratamiento por este Tribunal de la nota que presentaran el día 9 de septiembre de 20013 reclamando al Club Argentinos del Norte el reintegro del valor de una pelota que según se sostiene fue hurtada por la parcialidad de este último. Como así también que parte de la hinchada del club Argentinos del Norte saltó un paredón e ingresó sin abonar entradas. SE HACE SABER al presentante que la petición fue tratada en el punto SEIS del Acta Nª 26 de fecha 1 de octubre de 2013, donde se dio a la cuestión el temperamento que es criterio de este Tribunal ante situaciones del tenor de la descripta; es decir, exhortar en primer lugar al Club requerido al pago del daño reclamado o bien a formular descargo. De modo que si al término del día de la fecha el club Argentinos del Norte no cumple en una de las dos condiciones, en la próxima sesión este Tribunal aplicará la sanción que corresponda. En cuanto a las personas de la parcialidad de Argentinos del Norte que habrían ingresados sin abonar entradas, se hace saber que no corresponde aplicar sanción, puesto que si se hubiesen adoptados mayores recaudos para controlar el ingreso del público previo pago de la entrada, la situación no habría acaecido. No resultando en consecuencia responsable de la situación el club Argentinos del Norte.
CUARTO: Se recibe nota del Club San Martín reclamando sanción y reposición de gastos por la rotura de la puerta recientemente colocada en el vestuario de árbitros, por parte de un jugador del club Deportivo Huergo. En cuanto a la sanción, deberá el club precisar al Tribunal los datos de identificación del jugador que habría cometido el acto de indisciplina. En cuanto al pedido de resarcimiento de los gastos de reparación, se da traslado al Club Deportivo Huergo a fin de que proceda a abonar el gasto o bien efectúe descargo si corresponde, por el término de CINCO (5) días.
QUINTO: Se recibe protesta del Club San Martín en relación a la supuesta mala inclusión del jugador de la sexta división de Academia Pillmatún Maximiliano SILVEIRA (DNI 40.613.785) por lo que el club San Martín abona, de acuerdo al recibo nro. 289, el derecho a protesta. En consecuencia, se emplaza al Club Academia Pillmatún a efectuar el correspondiente descargo en relación de a la protesta, en el término de CINCO (5) días.
Jugador
DNI
Club
Div.
Sanción
Art.
Observaciones
VILARCHIK, Cristian
37.690.581
Catriel
1ra.
1 fecha
207
AVILA, Ezequiel
38.149.655
Cipolletti
1ra.
1 fecha
207
SOULES, Matías
32.368.807
Pillmatun
1ra.
3 fechas
202
NARDINI, Octavio
38.791.214
Circulo Ita.
1ra.
4 fechas
200.a.11
MACSAD, Pablo
31.796.699
Args. Norte
1ra.
1 fecha
207
SANDOVAL, Marcos
38.144.901
Args. Norte
1ra.
3 fechas
200 a.11
MUÑOZ, Paul
33.507.795
Huergo
1ra.
5 fechas
200.a.1
CECCHINI, Diego
33.902.353
Huergo
1ra
1 fecha
207
FLORES, Juan Carlos
26.805.558
Args. Norte
1ra.
3 fechas
185/260
C. Tèc. (*)
KOCHERESCHUK, Br.
39.355.037
Cipolletti
3ra.
1 fecha
207
GONZALEZ, Juan
39.404.183
Potenza
6ta.
6 fechas
185
ROMERO, Gabriel
40.807.588
25 de Mayo
5ta.
4 fechas
185
ENCINA, Braian
40.112.433
F. Oro
6ta.
3 fechas
204
CARTES, Nehuen
40.927.692
San Martín
6ta.
1 fecha
207
VERA MORALES, Ric.
92.249.443
F. Oro
6ta.
2 fechas
186/260
C. Técnico
MALDONADO, Nicol
40.099.743
Cipolletti
6ta.
1 fecha
207
GORRI, Ignacio
40.707.183
Catriel
6ta.
1 fecha
207
GALLARDO, Fabián
39.869.575
Huergo
6ta.
3 fechas
200 a .1
RÌOS, Darío
21.560.568
San Martín
7ma.
2 fechas
186
VILLALOBOS, Facundo
41.156.421
Cipolletti
7ma.
2 fechas
201.a.6
BLAZQUEZ, Germán
40.995.351
Catriel
7ma.
2 fechas
201 a.5
ALMADA, Agustín
40.927.363
Potenza
7ma.
1 fecha
207
CARDOZO, Franco
41.173.380
U. Alem Pr.
7ma.
2 fechas
204
GONZALEZ, Juan
39.409.183
Potenza
7ma.
4 fechas
185
LEVI, Enzo
40.909.747
Pillmatun
7ma.
1 fecha
207
MEDINA, Nahuel
41.295.515
Catriel
8va.
1 fecha
207
(*) Se acumula a la sanción impuesta en Acta Nº 24 del 17 se septiembre, por lo que el señor JUAN CARLOS FLORES queda suspendido por seis fechas a partir del día de hoy.