LIGA DEPORTIVA CONFLUENCIA
ACTA Nro. 04
Siendo las 16.30 horas del día 25 de Marzo del 2015 se reúnen los miembros del Tribunal, a fin de emitir fallos correspondientes de la fecha jugada durante el fin de semana;
PRIMERO: Se presenta a formular descargo el jugador ÑANCUFIL, Gustavo (DNI 30.842.868) de la primera división del Club Alto Valle, en relación con la falta correspondiente al Expte..Nº 056/15. Reconoce haberle pegado un manotazo en la pera al árbitro Fabián Fuentes y haberle propinado algunos insultos, pero sin haberlo lesionado, por lo que sostiene que no comprende la razón por la que suspendió el partido. De todos modos es su intensión dejar expresado su arrepentimiento y pedido de disculpas al árbitro. SE RESUELVE: Imponer al jugador ÑANCUFIL, Gustavo (DNI 30.842.868) la sanción de DOS (2) AÑOS de suspensión, que habrá de culminar el día 31 de marzo de 2017 a las 0:00 horas. Asimismo dar por concluido el partido suspendido correspondiente a la primera división con el resultado Academia Pillmatún 2 – Alto Valle 0. Todo de acuerdo con las disposiciones de los arts.106.g, 183 y 200.a.1 del RTyP.
SEGUNDO: No habiéndose presentado el Sr. ACENCIO, David (DNI 23.710.821), preparador físico del Club Mainqué, a formular el descargo requerido en el Acta Nº 002 del 11/3/2015, en relación con la falta informada por el árbitro Diego Gutiérrez correspondiente al partido en primera división entre Mainqué y Unión Alem Progresista de fecha 8/3/2015, SE RESUELVE: Imponer al señor ACENCIO, David (DNI 23.710.821) la sanción de DOCE (12) fechas de suspensión por trasgresión a las disposiciones de los arts.200.a.7 y 260 del RTyP, teniendo por cumplidas dos fechas.
TERCERO: A la vista del informe del árbitro Carlos Luengo correspondiente al partido disputado en 7ma. División entre el Club Unión Alem Progresista y Mainqué, citar al jugador QUINTEROS, Nicolás (DNI 42.517.748) a presentarse a formular descargo ante el Tribunal de Disciplina el día 1 de abril de 2015 a las 16.30 hs., acompañado de adulto legalmente responsable. Para la misma fecha y hora deberá el Club Unión Alem Progresista formular descargo en relación con las circunstancias que dieron lugar al ingreso al campo de juego de quien aparece informado como el padre del jugador precedentemente mencionado, munido de una cadena con un candado con la que intentó agredir al árbitro, resultando de ello la decisión de suspender el encuentro.
CUARTO: Intimar al Club Alto Valle a efectuar descargo, antes del día 1 de abril de 2015 a las 16.30 hs., en relación con las circunstancias (cánticos discriminatorios provenientes de su parcialidad), informadas por el árbitro Saúl Luna como correspondientes al partido disputado entre Unión Deportiva Catriel y Alto Valle en Novena División y que dieron lugar a la suspensión del encuentro.
QUINTO: Ingresa la nota de aclaración requerida al árbitro Fabián Fuentes en el punto cuarto del Acta Nº 003 del 18-03-15. SE RESUELVE: Dejar sin efecto la sanción impuesta en el Acta Nº 002 del 11-03-15 al jugador MOYANO, Damián (DNI 40.706.341) de la Primera División del Club La Amistad e imponer al jugador MELO, Facundo (DNI 40.778.131) del mismo club y división la sanción de TRES (3) fechas de suspensión (art.200.a.7 del RTyP).
SEXTO: Suspender por la no cancelación de las deudas con la LDC a los clubes CIMAC; 25 de Mayo; Catriel; Unión Alem Progresista; Mainqué; Fernández Oro; San Martín; Cipolletti y Atlético Regina. Asimismo suspender por incumplimiento de pagos impuesto por este Tribunal de Disciplina al Club Chichinales (Acta Nº 3, puntos primero y segundo) y al Club Atlético Regina (Acta Nº 3, punto quinto).
SEPTIMO: Ingresa nota del Club Atlético Regina denunciando hechos que atribuye a la parcialidad del Club Argentinos del Norte como sucedidos en los partidos disputados el día 22-03-15. SE RESUELVE: Tener presente y a efectos de dar curso al trámite deberá previamente el club denunciante manifestar y acreditar documentadamente el costo de reparación de los daños a que alude. En relación con las objeciones formuladas contra la actuación del árbitro Ceferino Flores, no siendo incumbencia de este Tribunal, remitir la cuestión al Colegio de Árbitros a los fines que según estime correspondan.
FECHA EXP. JUGADOR DNI CLUB DIV. SANCION ART. OBSERVACIONES
20-03-15 085 Contrera Eduardo 32989493 CIMAC 1ra. 1 fecha 207
22-03-15 086 Poblete Cristian 31671889 Atl. Regina 1ra. 1 fecha 207
22-03-15 087 Naupan Claudio 26915975 Chichinales 1ra. 2 fechas 204
22-03-15 088 Jaramillo Ruben 40439348 Chichinales 1ra. 2 fechas 204
20-03-15 089 Muñoz Nazareno 39354811 F Oro 1ra. 1 fecha 207
24-03-15 090 Monsalves Ariel 34954508 Mainqué 1ra. 1 fecha 207
22-03-15 091 Chihulcura Nicolas 40111353 Huergo 3ra. 1 fecha 207
22-03-15 092 Escobar Orlando 31793441 C Italiano 3ra. 1 fecha 207
22-03-15 093 Jara Nicolas 38499524 Chichinales 3ra. 1 fecha 207
21-03-15 094 Ramirez Cesar 40744918 F Oro 5ta. 4 fechas 200.a.1
21-03-15 095 Aliaga, Joaquín 41.420.426 F. Oro 7ma. 4 fechas 185
21-03-15 096 Yegros, Juan Gabriel 94.731.394 San Martín 5ta. 4 fechas 200.a.1
21-03-15 097 Cerda, Abraham 41.356.846 La Amistad 6ta. 2 fechas 204
21-03-15 098 Cancio, Tomás 41.420.418 F. Oro 6ta. 1 fecha 207
21-03-15 099 Coronado, Facundo 42.350.247 San Martín 7ma. 1 fecha 207
21-03-15 100 Garcés, Franco 42.849.102 C.U.A.P. 8va. 1 fecha 207
21-03-15 101 Quinteros, Nicolás 42.517.748 C.U.A.P. 7ma. Susp.Prov. 184/207 Citar descargo
18-03-15 102 Acuña, Thiago 43.891.612 Circulo Italiano 9na. 1 fecha 207
18-03-15 103 Graso, Bruno 44.912.292 Chichinales 9na. 1 fecha 207
18-03-15 105 Mansila, Jason 42.912.298 Chichinales 9na. 3 fechas 200.a.1
21-03-15 106 Caro, Agustín 44.628.944 Atl. Regina 10ma. 1 fecha 207
21-03-15 107 Inostroza, Facundo 42.214.557 Catriel 6ta. 1 fecha 202.b
21-03-15 108 Lara, Sergio 41.478.924 Alto Valle 6ta. 1 fecha 207
19-03-15 109 Jara, Juan 41.254.448 Ac. Pillmatún 5ta. 3 fechas 200.a.8
20-03-15 110 Baigorria, Jorge 37.749.457 CIMAC 3ra. 1 fecha 207
DIEGO JORGE BROGGINI (Presidente) OMAR CAMPIDOGLIO ESTEBAN LEÒN
Por Tribunal