LIGA DEPORTIVA CONFLUENCIA
ACTA Nro. 16
Siendo las 16.30 horas del día 8 de Julio del 2015 se reúnen los miembros del Tribunal, a fin de emitir fallos correspondientes de la fecha jugada durante el fin de semana;
PRIMERO: Remitir a la Comisión de Estadios de la LDC el informe del árbitro Jorge Córdoba en relación con la falta de calefacción en el vestuario de árbitros del Club Deportivo Mainqué, a los fines que corresponda.
SEGUNDO: Ingresa nota de descargo del Club Unión Alem Progresista en relación con la suspensión por el árbitro Franco Gallardo del partido que debió disputar en sexta división contra el club Círculo Italiano, por falta de efectivos policiales en el número reglamentario de dos. SE RESUELVE: Intimar al Club Unión Alem Progresista a justificar en el término de CINCO (5) días, en forma documentada, la contratación de efectivos policiales con anterioridad al partido en cuestión.
TERCERO: En relación con la presentación hecha por el Club Deportivo Huergo, ingresada el 08-07-2015, sobre la sanción impuesta en el Punto Séptimo del Acta Nº 15 1-07-2015, toda vez que el descargo que allí se formula debió ser presentado antes de las 16.30 hs. del día 1-07-2015, conforme lo dispuesto en el Punto Primero del Acta Nº 14 del 24-06-2015, siendo el silencio mantenido en la oportunidad por el emplazado lo que justificó la aplicación de la sanción reglamentaria, SE RESUELVE. Rechazar la presentación por extemporánea y mantener en todos sus términos la sanción aplicada. Asimismo, habiendo el club Unión Alem Progresista presentado el comprobante de pago de la suma de $ 504 correspondiente a los honorarios de arbitraje, se intima al Club Deportivo Huergo a abonar la misma al Club Unión Alem Progresista, en el término de DIEZ (10) días y bajo apercibimiento de suspensión.
CUARTO: Ingresa nota de descargo del Club Deportivo Huergo en relación con lo requerido en el Punto Sexto del Acta Nº 15 1-07-2015, reconociendo la inclusión indebida del jugador Diego Gastón Cecchini en el equipo de primera división que disputó partido contra el Club San Martín el día 28/6/2015. Por Secretaría se certifica que el jugador mencionado no pertenece a los registros de esta Liga, sino que se halla registrado en el Club Bánfield correspondiente a la A.F.A. SE RESUELVE: Hacer lugar a la protesta formulada por el Club San Martín y en consecuencia, de acuerdo con el art.107 del RTyP, dar por concluido el partido con el resultado San Martín 3 – Deportivo Huergo 0. Restituir por Tesorería al Club San Martín el importe abonado en concepto de derecho de protesta. Finalmente, sin perjuicio de no corresponder reglamentariamente otro tipo de sanción, encomendar a la dirigencia del Club Deportivo Huergo extremar los recaudos para evitar la reiteración de situaciones como la acontecida, atendiendo a que las consecuencias en caso, por ejemplo, de lesionarse el jugador hubieran sido manifiestamente graves por la responsabilidad que ello hubiera aparejado para esta Liga.
QUINTO: Correr traslado por el término de CINCO (5) días a los clubes Deportivo Roca y Chichinales del informe del árbitro Eduardo Leiva sobre las razones por las que dio por concluidos a los 29 minutos del segundo tiempo el partido disputado en primera división el día 04/07/2015.
SEXTO: Ingresa el informe requerido al árbitro Ceferino Flores en el Acta Nº 15 del 01-07-2015. SE RESUELVE: Intimar al Club Unión Alem Progresista a efectuar descargo sobre los hechos allí expuestos, en el término de CINCO (5) días, el que deberá referir al ingreso de una persona no autorizada al campo de juego y las faltas enrostradas a los jugadores Matías Rioseco, Marcelo Sanelli y el técnico Luis Candia. Asimismo citar a comparecer ante este Tribunal al técnico Luis Candía el día 22 de julio de 2015 a las 17 hs. Sin perjuicio de ello, se mantiene la suspensión preventiva de los tres nombrados.
SEPTIMO: Se deja constancia de la cancelación de sus deudas con la LDC por los siguientes clubes: La Amistad el 3/7/2015; Deportivo Huergo el 3/7/2015; Catriel el 1/7/2015; Unión Alem Progresista el 3/7/2015; Cipolletti el 3/7/2015; Atlético Regina el 3/7/2015 y Argentinos del Norte el 1/7/2015, quedando los mismos desde tales fechas habilitados para jugar. En relación al Club Chichinales, habiendo jugando en condición de suspendido durante la pasada fecha, de conformidad con el art.118 inc.a) del RTyP se lo sanciona con la quita de tres puntos en primera división, la que se hará efectiva a la culminación del torneo en curso.
OCTAVO: Expulsados de la fecha:
FECHA EXP. JUGADOR DNI CLUB DIV. SANCION ART. OBSERVACIONES
03-07-15 372 GUERREO, Matías 40.439.873 Cipolletti 1ra. 1 fecha 207
05-07-15 373 MAYOR, Rodrigo 39.866.686 Dep. Huergo 1ra. 1 fecha 207
05-07-15 374 CUEVAS, Víctor 40.110.905 Args. del Norte 1ra. 1 fecha 207
05-07-15 375 REUQUE, Emmanuel 35.060.276 Alto Valle 1ra. 2 fechas 207.j
05-07-15 376 SEPULVEDA, Axel 39.075.506 San Martín 1ra. 2 fechas 207.j
05-07-15 377 BILO, Jorge 17.631.660 San Martín 1ra. 1 fecha 194/260 Cuerpo Técnico (*)
05-07-15 378 PEREZ, Eduardo 40.100.365 Atl. Regina 1ra. 1 fecha 207
05-07-15 379 MANSILLA, Leonardo 27.885.363 Atl. Regina 1ra. 1 fecha 186/260 Cuerpo Técnico (*)
05-07-15 380 VILLALBA, Nahuel 39.403.735 Fernández Oro 1ra. 2 fechas 204
05-07-15 381 PARRA, Pablo 22.816.707 Fernández Oro 1ra. 1 fecha 186/260 Cuerpo Técnico (*)
28-6-15 382 ARIAS, Julián 39.354.414 San Martín 3ra. 2 fechas 207.j Se tiene una fecha por cumplida
28-6-15 383 VILLALOBOS, Maximiliano 37.191.546 Dep. Huergo 3ra. 1 fecha 207 Se tiene por cumplida
28-6-15 384 GONZALEZ, Mauro 41.295.667 Dep. Huergo 3ra. 3 fechas 200.a.9 Se tiene una fecha por cumplida
05-07-15 385 ROMERO, Ulises 41.254.711 Dep. Mainqué 3ra. 1 fecha 207
05-07-15 386 COLLINAO, Enzo 40.324.336 Fernández Oro 5ta. 1 fecha 207
05-07-15 387 CANALES, Matías 40.723.897 U.D. Catriel 5ta. 1 fecha 207
04-07-15 388 SAEZ, Tomás 41.420.933 Dep. Huergo 6ta. Susp.Prov. - - - Falta Informe
04-07-15 389 QUIROGA, Lucas 41.254.753 Dep. Mainqué 6ta. Susp.Prov. - - - Falta Informe
05-07-15 390 GUZMAN, Benjamín 42.652.759 Fernández Oro 7ma. 1 fecha 194
04-07-15 391 GONZALEZ, Leonel 42.970.935 Args. del Norte 7ma. 1 fecha 207
04-07-15 392 QUINTANA, Kevin 43.364.987 25 de Mayo 9na. 1 fecha 207
(*) Se aclara que en razón de la calidad de integrante del cuerpo técnico la suspensión implica la imposibilidad de ejercer de cualquier modo la función durante las fechas por las que se aplica la sanción, con expresa prohibición de ingresar tanto a la cancha como a la zona de vestuarios en los clubes en los que las institución a la que pertenece actúe en calidad de visitante o local. Por lo que la trasgresión a lo que aquí se dispone de verificarse deberá ser informada por los árbitros. Comuníquese por Secretaría al Colegio de Árbitros.
NOVENO: SUSPENDER por acumulación de CINCO (5) tarjetas amarillas (art.208 del RTyP) a los siguientes jugadores:
25 DE MAYO: - - -
ALTO VALLE: - - -
ARGENTINOS DEL NORTE: VALLEJOS, Manuel;
ATLETICO REGINA: - - -
CHICHINALES:
CIMAC: - - -
CIPOLLETTI: - - -
CIRCULO ITALIANO: CIFUENTES, Daián;
DEPORTIVO HUERGO: - - -
DEPORTIVO MAINQUE:
DEPORTIVO ROCA: - - -
FERNANDEZ ORO: - - -
LA AMISTAD:
ACADEMIA PILLMATÚN: - - -
SAN MARTÍN: JACOBSEN, Alan Carlos;
C.U.A.PROGRESISTA: - - -
U.D.CATRIEL: CASANOVA, Ramiro;
DECIMO: Los siguientes jugadores registran CUATRO (4) tarjetas amarillas acumuladas
25 DE MAYO: LUCERO, Walter; LEGUIZAMON, Fabricio; VALLEDOR, José; PINEDA, César; BERGA, Carlos; ESCOBAR, Gabriel;
ALTO VALLE: PONCE, Nazareno; HERMOSILLA, Maximiliano; OSORIO, Ramiro;
ARGENTINOS DEL NORTE: CUEVAS, Víctor; GONZALEZ, Lautaro; SILVA, Denis; ROSALES, Leonel; PEREZ, Alan;
ATLETICO REGINA: NAVARRO, Alain; ACUÑA, Facundo; VILLANUEVA, Germán; CORTEZ, Agustín; LEAL, Francisco;
CHICHINALES: MARTINEZ, J. Sebastián; CARRIZO, Maximiliano; MONSALVEZ, Matías;
CIMAC: CALCUMIL, Leandro; ROSALES, Matías; RODRIGUEZ, Marcelo; ASENCIO, Miguel; MARCOZZI, Mauro;
CIPOLLETTI: BARRALES, Agustín; VALDEBENITO, Joaquín; VERONA, Cristian; CARRASCO, Gustavo;
CÌRCULO ITALIANO: MARTÍNEZ, Ezequiel; VEJAR, Gonzalo; SANHUEZA, Ezequiel; AGUIAR, Gonzalo; ALDRIGHETI, Lautaro;
DEPORTIVO HUERGO: CECCHINI, Diego; SANCHEZ, Mauro; AGIS, Tomás;
DEPORTIVO MAINQUE: MONSALVE, Ariel; BARRALES, Juan; CUEVAS, Diego; ENRIQUETE, Enzo; VALENZUELA, Braian; HERNANDEZ, Gastón;
DEPORTIVO ROCA: SALAS, Enzo; CASTILLO, Gabriel; LEZAMA, Blas;
FERNANDEZ ORO: GUZMÁN, Benjamín; ALIAGA, Joaquín;
LA AMISTAD: LUCERO, Pablo; AVELDAÑO, Carlos Adán; ANOBILE, Nicolás; GARCES, Jesús; SANHUEZA, Jorge;
ACADEMIA PILLMATÚN: ARANDA, Nicolás; BAZAN, David; LUCERO, Gerónimo; TRONELLI, Damián; PEÑA, Juan; VAZQUEZ, Néstor;
SAN MARTÍN: ARANEDA, Agustín; SEPULVEDA, Axel; VERDUGO, Juan; PANICCIA, Maximiliano; DE RENZIS, Lucas; RASTELLINI, Santiago; DIAZ, Kevin; RETAMAL, Diego;
C.U.A.PROGRESISTA: - - -
U.D.CATRIEL: DIAZ, Matías; PAEZ, Braian; PERALTA, Marcos; GALENO, Gabriel; MONTESINO, Emmanuel;
UNDÉCIMO: Se comunica a los clubes que este Tribunal de Disciplina no sesionará el día 15 de julio de 2015 y reanudará su actividad el día 22 de julio de 2015, salvo aquellas cuestiones que sean de tratamiento urgente. Por lo que se recuerda que de conformidad con el art.27del RTyP los jugadores que sean expulsados en los partidos que se disputen en la próxima fecha quedan automáticamente inhabilitados para jugar en la siguiente, sin perjuicio de descontarse oportunamente de la sanción que se imponga la fecha en que no jueguen anterior a la próxima reunión.
DIEGO JORGE BROGGINI (Presidente) OMAR CAMPIDOGLIO ANDREA URIBE
Por Tribunal de Penas